Transparencia > Artículo 25
Artículo 25. Toda Información que brinden los entes obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, debera precisar:
La información de oficio que hace referencia este artículo, se ubica en la información contenida en la fracción XXVII del artículo 14
Fecha de actualización:31/Marzo/2013
Fecha de validación:31/Marzo/2013
Area Responsable:Dirección de Administración de Contratos
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